Sábado, 31 de octubre
Locales

Avanza el proyecto para prohibir la venta de bebidas energizantes a menores en Salta

El proyecto del concejal José García busca impedir la comercialización de estos productos a personas menores de 18 años.

El Concejo Deliberante de Salta avanza en el análisis de un proyecto de ordenanza que propone prohibir la venta, el expendio y el suministro de bebidas energizantes a menores de 18 años en todo el ejido municipal. La iniciativa fue presentada por el concejal José García y contempla sanciones económicas para los comercios que incumplan la disposición, además de posibles clausuras en casos de reincidencia. 

El pasado martes se realizó un plenario en el que participaron representantes de la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL), la Cámara Argentina de la Industria de Bebidas sin Alcohol (CADIBSA) y Bebidas Energizantes América Latina (BEAL). Durante el encuentro, los representantes expusieron sobre la regulación vigente para estos productos en el Código Alimentario Argentino y plantearon distintas consideraciones sobre los alcances de una eventual prohibición. 

Entre los puntos abordados, las entidades destacaron la importancia de impulsar campañas de concientización y educación alimentaria. También advirtieron sobre los posibles efectos que una restricción de este tipo podría tener en la comercialización informal y en la trazabilidad de los productos. Al finalizar la reunión, los concejales resolvieron continuar con el tratamiento del proyecto en próximas reuniones de la Comisión de Legislación General. 

Los principales puntos 

La propuesta define como bebidas energizantes a aquellas encuadradas como suplementos dietarios por las disposiciones de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Se trata de bebidas con o sin gas que contienen entre sus principales componentes cafeína y taurina, asociadas o no con glucuronolactona e inositol, y que pueden incluir hidratos de carbono, vitaminas, minerales y aminoácidos, entre otros ingredientes autorizados. 

En materia de sanciones, el texto establece multas de entre 150 y 300 unidades tributarias (UT) para la primera infracción, y de 300 a 600 UT para la segunda. En caso de reincidencia, prevé además la clausura del establecimiento por un plazo de hasta 15 días. 

Para los locales no autorizados, contempla el decomiso de la mercadería y la correspondiente clausura, de acuerdo con la normativa vigente. 

El proyecto también contempla el desarrollo de campañas de difusión en medios de comunicación, redes sociales y espacios publicitarios. 

Por último, la iniciativa habilita la celebración de convenios con organismos públicos, fuerzas de seguridad, instituciones privadas y entidades de la sociedad civil para coordinar tareas de control y prevención.

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